Momentos cruciales de la reforma judicial
Quicio
El balón lo tiene retenido el órgano que es objeto de dicha reforma, el Poder Judicial Federal. Por un lado, como lo ha señalado el constitucionalista Diego Valadés, “la Corte Mexicana aportó nuevos elementos normativos para determinar cómo debe darse la aprobación, no solo, de una reforma constitucional sino de cualquier norma”. En pocas palabras, legisló.
El problema que ha generado la confrontación entre el poder judicial y el resto de poderes es, como lo remarca dicho jurista, la creación, por parte de una mayoría de ministros de dicha Corte, de una norma para revisar aspectos de un procedimiento legislativo.
Mientras tanto, en una ruta paralela camina un juicio de amparo donde una juez federal ha ordenado la suspensión del proceso de elección de jueces y juezas, por un lado, ordenando bajar la publicación de la reforma constitucional en el Diario Oficial de la Federación y, por otro, que el Instituto Nacional Electoral suspenda el proceso electoral en curso.
Más que una resistencia social, todo indica que se trata de una “resistencia institucional” que se confronta con el resto de los órganos de poder.
“Hay que tener cuidado con la amplitud de las decisiones de los jueces”, advierte Diego Valadés, al referirse a esta facultad de legislar por parte de integrantes de una Corte Constitucional. “Tiene peligros, no es una solución que solamente tenga ventajas. Darle esas facultades a un pequeño grupo de juzgadores puede cortar de los dos lados, a favor de la democracia o a favor de la autocracia”, ha dicho.
Como puede entenderse, al no estar legislado este criterio que pretende aplicar una mayoría de ministros de la Corte Mexicana, ha ido en aumento la tensión entre el Poder Judicial Federal y los poderes Legislativo y Ejecutivo.
Bajo esta lógica y ante lo complicado de una salida que tuviera como núcleo la revisión del procedimientos legislativo de la Reforma Judicial y, con ello, la reposición y la reprogramación del calendario decretado dentro del proceso de elección de personas juzgadoras del Poder Judicial Federal, todo apunta a que será la figura del juicio político lo que definirá su futuro, dado que se ha anunciado que se hará valer en contra de la titular del Poder Ejecutivo, por no cumplir una suspensión dentro de un juicio de amparo, pero antes, el Congreso de la Unión tendría que resolver la presentada el diez de octubre del presente año, por los catedráticos de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma “Benito Juárez” de Oaxaca, en contra de ocho ministros de la Corte Mexicana, a quienes se les acusa de violar dieciocho artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y que por tiempo dicha denuncia sería anterior.
Aun cuando la titular del Poder Ejecutivo ha reiterado que descarta dicho escenario, la intransigencia de esa mayoría de ministros de la Corte Mexicana y las circunstancias, están llevando a que dicha instancia resulte necesaria.
Incluso, si el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resuelve improcedente suspender el proceso electoral en marcha.
Es bajo este contexto, que mayor relevancia jurídica y constitucional cobra la primera denuncia de juicio político presentada por estos catedráticos oaxaqueños.
Aunque algunos hablan sandeces de dicha presentación, por principio deberían estudiar y reconocer que dicha acción está contemplada en la propia Constitución Federal y que no se trata de una ocurrencia pueril. Lo otro es que, si ellos no tomaron la iniciativa, deberían respetar que otros lo hayan podido hacer. Pero así pasa, el mayor enemigo de un abogado es otro, pero ahogado en la pasividad de las puras habladas en redes sociales.
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